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Calculadora de IVA

Añade o quita el IVA (21 %, 10 %, 4 % o un tipo personalizado) a cualquier importe y obtén la base imponible, la cuota y el total al instante.

Actualizado el

Calcula el IVA

€

Cómo se calcula el IVA

El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que grava el consumo: lo paga el consumidor final como un porcentaje añadido al precio del producto o servicio. En una factura siempre aparecen tres cifras relacionadas: la base imponible (el precio sin impuesto), la cuota de IVA (el impuesto en euros) y el total (lo que realmente pagas).

Añadir IVA a un precio

Si conoces el precio sin IVA y quieres el precio final, multiplica la base por el factor (1 + tipo/100):

Total = base · (1 + tipo / 100)   ·   Cuota = base · tipo / 100

Con el tipo general del 21 % el factor es 1,21; con el reducido del 10 %, 1,10; con el superreducido del 4 %, 1,04.

Quitar IVA de un precio (calcular la base imponible)

La operación inversa es la que más errores provoca. Para saber cuánto vale algo sin IVA no se resta el porcentaje: se divide el total entre el mismo factor:

Base = total / (1 + tipo / 100)   ·   Cuota = total − base

¿Por qué? Porque el porcentaje se aplicó sobre la base, que es menor que el total. Si a 121 € le restaras su 21 % (25,41 €) obtendrías 95,59 €, un resultado incorrecto. Dividiendo entre 1,21 recuperas exactamente los 100 € originales.

Ejemplo 1 (añadir) Un presupuesto de reforma indica 2.500 € + IVA. Con el tipo general: cuota = 2.500 × 0,21 = 525 € y total = 2.500 × 1,21 = 3.025 €.
Ejemplo 2 (quitar) Un ticket de restaurante marca 66 €, IVA incluido. En hostelería se aplica el 10 %, así que la base es 66 / 1,10 = 60 € y la cuota de IVA, 66 − 60 = 6 €.

Los tipos de IVA vigentes en España en 2026

La Ley 37/1992 del IVA establece tres tipos impositivos, que se aplican en la Península y Baleares (Canarias tiene el IGIC, y Ceuta y Melilla el IPSI):

  • 21 % (general): la mayoría de bienes y servicios: electrónica, ropa, combustible, servicios profesionales, electrodomésticos, vehículos…
  • 10 % (reducido): entre otros, hostelería y restauración, transporte de viajeros, entradas a espectáculos culturales, compra de vivienda nueva, obras de rehabilitación y buena parte de los alimentos no básicos.
  • 4 % (superreducido): productos de primera necesidad como pan común, harinas, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, legumbres, tubérculos y cereales, además de libros, periódicos, medicamentos de uso humano y viviendas de protección oficial de régimen especial.

La rebaja temporal que dejó alimentos básicos al 0 % y el aceite de oliva o la pasta al 5 % terminó el 31 de diciembre de 2024; desde 2025 vuelven a aplicarse los tipos ordinarios del 4 % y del 10 %, y el aceite de oliva pasó definitivamente al 4 %.

La clasificación de cada producto tiene matices y excepciones, y la normativa puede cambiar. Para casos concretos consulta la Agencia Tributaria o a un asesor fiscal: esta calculadora es una herramienta aritmética, sin valor fiscal ni contractual.

¿Para qué sirve quitar el IVA?

Separar la base imponible del impuesto es una operación cotidiana para autónomos y empresas: al emitir una factura hay que desglosar base y cuota, y al contabilizar un gasto interesa conocer el importe sin impuesto, porque el IVA soportado suele ser deducible en las declaraciones trimestrales (modelo 303). También resulta útil para los particulares, por ejemplo para comparar precios entre países con impuestos distintos o para entender cuánto de lo que pagas es impuesto.

IVA y recargo de equivalencia

Los comerciantes minoristas en recargo de equivalencia pagan a sus proveedores un recargo adicional del 5,2 % (sobre el 21 %), 1,4 % (10 %) o 0,5 % (4 %). Para calcularlo, usa el modo «Otro tipo» con el porcentaje combinado: por ejemplo, 26,2 % en lugar de 21 %.

Trucos rápidos de cálculo mental

  • Para añadir el 21 %, calcula el 20 % (divide entre 5) y súmale un 1 % más.
  • Para quitar el 21 % de forma aproximada, resta un 17,4 % del total (porque 21 / 121 = 0,1736).
  • Para quitar el 10 %, resta un 9,09 % del total; para quitar el 4 %, un 3,85 %.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los tipos de IVA en España en 2026?

El general es el 21 %, el reducido el 10 % y el superreducido el 4 %. El general se aplica a la mayoría de bienes y servicios; el reducido a hostelería, transporte o vivienda nueva; el superreducido a alimentos básicos, libros y medicamentos.

¿Cómo se añade el IVA a un precio?

Se multiplica la base imponible por (1 + tipo/100). Para añadir el 21 % a 100 €: 100 × 1,21 = 121 €. La cuota de IVA son los 21 € de diferencia.

¿Cómo se quita el IVA de un precio?

Se divide el precio final entre (1 + tipo/100). Para quitar el 21 % a 121 €: 121 / 1,21 = 100 € de base imponible y 21 € de cuota.

¿Por qué no puedo restar el 21 % directamente?

Porque el 21 % se aplicó sobre la base, no sobre el total. Si a 121 € le restas su 21 % (25,41 €) obtienes 95,59 €, que no es la base correcta. La operación correcta es dividir entre 1,21.

¿Qué IVA tiene el aceite de oliva o el pan?

Desde 2025 el pan común, la leche, los huevos, las frutas, verduras, legumbres y cereales tributan al 4 %, igual que el aceite de oliva, que pasó al tipo superreducido de forma permanente.

¿Este resultado sirve para presentar impuestos?

La calculadora aplica las fórmulas aritméticas estándar. Para saber qué tipo corresponde a un producto concreto o para tus obligaciones fiscales, consulta la normativa vigente de la Agencia Tributaria o a un asesor.

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